Martín Diez Villa presentó al Senado la modificación de la Ley Orgánica del Ministerio Público

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El Defensor General de la Provincia dio detalles de la iniciativa que propone modificar un artículo de la Ley N°7328 “Orgánica del Ministerio Público” para ampliar al foro penal la práctica que ya se realiza desde hace algunos años en el foro civil; la misma permite el cobro del servicio de defensoría oficial para casos penales que involucren a personas solventes.

Diez Villa fue recibido por la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional del Senado, encabezada por el vicepresidente primero del cuerpo, Mashur Lapad y por el presidente de la Comisión de Legislación, Javier Mónico y los senadores: Jorge Soto; Walter Cruz; Gonzalo Caro Dávalos; Esteban D’Andrea; Diego Cari; Juan Cruz Curá y Walter Wayar.

La propuesta de modificación de la Ley orgánica del Ministerio Público llega con la aprobación de la Cámara de Diputados y establece que -al igual que lo que ya sucede en procesos civiles, comerciales y laborales- en los procesos penales en que actúan los Defensores Públicos, el Juzgado o Tribunal interviniente deberá regular los honorarios devengados por su actuación, de conformidad con la ley de aranceles vigentes para abogados y procuradores.

En los procesos penales el imputado que, a su pedido o por falta de designación de defensor particular, sea asistido por un Defensor Público Oficial, deberá solventar la defensa si cuenta con los medios suficientes para ello, estableciendo que el procedimiento para verificar el estado patrimonial y familiar del imputado, así como las pautas para la determinación de carencia, sean reglamentadas por el Ministerio Público.

La norma establece que los honorarios siempre serán percibidos por el Ministerio Público y no por el Defensor Oficial interviniente. Los honorarios cobrados ingresarán al Ministerio Público y su destino será fijado por el Reglamento General, no pudiendo aplicarse como retribución para sus integrantes bajo ningún concepto. Aclara además que los representantes del Ministerio Público no podrán ser condenados al pago de costas.

Garantizar el acceso a la justicia

Diez Villa dijo que el proyecto, que ya se aplica a nivel nacional y en numerosas provincias, tiene como fin descomprimir la tarea de los defensores oficiales que actúan en Salta, permitiendo que puedan abocarse a los casos de personas carenciadas, dejando la opción para quienes poseen solvencia económica de poder elegir entre un defensor privado u otro oficial, cuyos honorarios deberá abonar al final del proceso cuando así lo fije un juez.

Aclaró que en todos los casos el Estado Provincial garantiza el derecho defensa, donde la gratuidad quede reservada para gente de escasos recursos o en situación de vulnerabilidad. Con esto se garantiza el acceso a la justicia en un plano de igualdad, opinó.