Su progenitor debió indemnizarlo con 200 mil pesos por daño moral

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Con patrocinio letrado de la Defensora Oficial Civil N° 1, Rosa Verónica Orellana, un hombre logró -en medio de un pleito judicial y a través de un convenio realizado de manera directa entre las partes- que su progenitor lo indemnice por el daño moral que le causó durante todo el tiempo en el que se negó a reconocerlo.
Con 40 años de edad, un hombre acaba de lograr que su padre biológico lo indemnice con 200 mil pesos por el daño moral que le causó durante toda su vida por haberse negado a reconocerlo.
El reclamo original se planteó en 2.017; luego de otros trámites judiciales iniciados en 2.014 que permitieron establecer su real identidad.
Sucede que, al momento de su nacimiento, fue inscripto como hijo de un hombre que pretendía mantener un vínculo amoroso con una de sus abuelas y que prestó consentimiento para que la maniobra resultara exitosa.
Su madre es una mujer muy pobre, que no alcanzó a terminar sus estudios primarios cuando debió salir a trabajar para aportar al sustento en su hogar.
Así fue como siendo casi una niña, a los 12 años de edad, llegó a desempeñarse como empleada doméstica en una casa del interior provincial en donde, según dijo, fue obligada a mantener relaciones sexuales con el hijo de su patrón hasta que, con 17 años, quedó embarazada y se sintió obligada a escapar hacía la provincia de Tucumán, lugar en el que nació su primer hijo.
Cuando el niño tenía un mes y ya de regreso en su localidad, ella se presentó en la casa en la que trabajaba para anoticiar al hombre del nacimiento de su hijo y reclamarle que asumiera su paternidad y que colaborara con la manutención.
Ante la negativa rotunda que recibió como respuesta a su planteo y engañada -siempre de acuerdo a su propio testimonio- por un hombre que pretendía a su madre; su hijo terminó siendo inscripto como hijo de alguien que en realidad no era su papá.
Por esta razón, el primer trámite judicial que debió realizar el hombre que finalmente obtuvo la indemnización fue una impugnación de paternidad y reclamación de filiación paterna.
A la sentencia favorable la logró con los resultados que obtuvo luego de someterse a un estudio de ADN que no dejó lugar a dudas sobre quién era su real progenitor.
Una vez aclarada esa situación y ya correctamente inscripto en el Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas; procedió el hombre en cuestión a reclamar su indemnización.
Para probar el daño sostuvo que su padre biológico le dijo “cosas humillantes y burlonas” toda vez que él pretendió hacerlo entrar en razón.
Aseguró que creció “a la buena de Dios”, pues quien lo había reconocido como hijo no era su padre en realidad y por esta razón jamás cumplió con su rol; mientras que su progenitor no sólo se negó a brindarle su real identidad sino que, además, volvió a abusar de su madre 10 años después y a desconocer también la paternidad de su hermano, repitiendo la historia casi en forma exacta.
En un tramo de la demanda interpuesta por la defensora pública Orellana, puede leerse que “durante toda su vida, mi mandante se vio privado de llevar una vida digna con las mínimas necesidades y comodidades de una vida holgada, que hubieran sido cubiertas en caso de que su padre biológico hubiera asumido su paternidad desde el momento de su concepción, de no haber intentado que su madre interrumpiera el embarazo, de haber actuado con las diligencias necesarias, como consecuencia de su conducta abusiva con respecto a su madre”.
Dice también la presentación que “fue así que creció sin la figura de un padre y sin cubrir sus necesidades emocionales y económicas mínimas para su supervivencia. Durante su niñez subsistió gracias a una pensión por discapacidad que percibía su abuela, habitaban una pequeña vivienda de madera, tenías una cama de dos plazas donde dormían 5 hermanos, no tenían luz ni gas y el agua le era proporcionada por un vecino”.
En el escrito, Orellana aclara que “por su parte, el demandado tuvo una vida holgada, llena de lujos, era y es propietario de varios negocios, de distintos rubros, como librería, pinturería, corralón y de varias propiedades. Además, (…) uno de estos negocios está ubicado frente a la escuela donde vendía útiles y como ironía de la vida, mi mandante asistía a dicho establecimiento y sólo tenía un pequeño y viejo lápiz negro. Usaba ropas que le regalaban y que en ocasiones tenía bordado nombres de las personas a las que habían pertenecido y por ello recibía burlas”.
Así las cosas, sostuvo la defensora que “durante toda su vida, la falta de reconocimiento de su padre biológico puso a mi representado en una situación desventajosa desde el punto de vista individual y social, produciendo en él un daño psicológico irreparable, ya que siempre debió escuchar y soportar los comentarios del pueblo de lo injusto que era la vida, ya que por un lado su vida estuvo marcada por la miseria y carencia de todo tipo de necesidades y por el otro la posibilidad que tenía su padre de cubrirlas y no querer hacerlo. El desprecio manifestado por el demandado al no querer entablar ningún tipo de vínculo, exponiéndole en forma constante a situaciones incómodas”.
Luego de años de litigio, el trámite se resolvió finalmente con la homologación judicial de un convenio celebrado entre las partes a través del cual el reclamante obtuvo su indemnización y su progenitor logró el levantamiento de un embargo preventivo sobre varias propiedades que la defensora Orellana había solicitado a los fines de mantener inalterable la titularidad de los bienes del demandado y evitar así que los mismos salieran de su patrimonio haciendo de cumplimiento imposible la probable y futura sentencia.